A la hora de entregar un inmueble en arriendo llegamos a cuestionarnos cómo sería la mejor manera y de hecho llega a ser muchas veces causa de estrés para ambas partes.
Lo importante es ser claros con el contrato e inclusive debes saber que desde el año 2003 en el país rige la Ley 820 de Arrendamientos de Inmuebles. Esta ley tiene como objetivo fijar los criterios que deben servir de base para regular los contratos de arrendamiento de los inmuebles urbanos destinados a vivienda.
Por tanto, dejar un inmueble no es sólo llevarse recuerdos y dejar paredes sucias. Implica el llegar a cumplir un compromiso con el dueño del inmueble en arriendo de entregarlo en las mismas condiciones en que fue recibido. Sin embargo, debe tenerse en consideración el posible deterioro ocasionado por el uso y desgaste natural de las cosas. Entre los desgastes naturales podemos encontrar:
- Una pared rayada.
- Lavaplatos goteando
- Una ventana rota
Que pueden ser motivos suficientes para que el inquilino no pueda restituir, como es debido, el inmueble a su dueño o a la inmobiliaria responsable.
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Estos son algunos aspectos que debes tener en cuenta a la hora de entregar un inmueble en arriendo:
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Obligaciones económicas
Estar al día con todas las obligaciones económicas como lo son el canon, cuota de administración y servicios públicos, pagos estipulados en el contrato de arrendamiento y muchas veces el mayor inconveniente al momento de hacer la entrega del inmueble en arriendo.
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La cuota de administración
En las propiedades horizontales muchas veces resulta ser un inconveniente cuando llega el momento de la entrega del inmueble arrendado. Ya que llega a ser usual que el arrendatario se vaya con una alta deuda por este concepto. Es usual que de hecho las familias se cuelguen u omitan el pago. Para estos casos te sugerimos que por ningún motivo se certifique la entrega del inmueble mientras haya mora con la cuota mensual.
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Mejores condiciones
Entregar el inmueble en las mejores condiciones posibles. Evita complicaciones, lo más recomendable es realizar un inventario o acta y con un registro fotográfico, donde conste el estado de todos los elementos permanentes como puertas, cerámicas, paredes y ventanas, entre otros no lo olvides no hay mejor consejo que poseer pruebas físicas.
Por consiguiente, así se podrá determinar con mayor claridad qué daños sucedieron por descuido del inquilino y cuáles son simple desgaste natural. Recuerde que debe ser claro a la hora de recibir el inmueble, ya que después no habrá reclamo que valga.
- Basados en lo anterior para algunos arrendatarios llega a ser mucho mejor adquirir una póliza de arrendamiento, la cual es una garantía que le permite al arrendador de un inmueble, recibir de forma oportuna los valores acordados por arrendamiento, en caso de presentarse un incumplimiento de contrato por parte del inquilino e igualmente a la hora de la entrega del inmueble en arriendo cubrir parte de los daños o faltantes al inventario del inmueble
- A la hora de la entrega de un inmueble arrendado es indispensable contar con un procedimiento ordenado y claro, en el cual puedes llegar a detallar con fechas y condiciones claras para ambas partes las condiciones en las que se espera sea la entrega del inmueble, recuerda no hay nada mejor que ser claros en los procedimientos y contar con pruebas escritas de cómo quieres que se den las cosas.
Obligaciones y responsabilidades al entregar el inmueble
Según el Código Civil y la Ley 820 del 2003, el dueño debe mantener el inmueble en condiciones óptimas para el disfrute del inquilino. Entre ellas el estado de las paredes, si estas están deterioradas a causa de humedad, dilataciones, aguas lluvias o el deterioro normal por el uso. Donde se da por hecho que el propietario debe asumir el costo del mantenimiento.
Pero, qué pasa si la pintura de las paredes está en mal estado por un uso anormal. Estos son datos a considerar ya que el arrendatario y su familia puede que lo causaran. En este caso, el arrendatario es quien debe encargarse de las reparaciones para mantener y entregar la vivienda en las mismas condiciones en las que fue arrendado, tal y como quedó registrado en el inventario.
En el caso de la entrega de la vivienda y que alguna de las partes no esté satisfecha con el estado de la pintura, se puede llegar a un acuerdo entre el propietario y el inquilino. Entre los acuerdos puede ser que uno ponga la mano de obra y el otro los materiales.
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