¿Con cuánto tiempo debo comunicar para que no se renueve el contrato de arrendamiento al arrendatario?
En el caso de ser un inmueble de destinación para vivienda el arrendatario debe enviar la carta por correspondencia certificada (como lo indica la ley 820 del 2003), con 90 de anticipación a fecha de vencimiento del contrato; Si esta arrendado para destinación comercial Se debe enviar la carta se debe enviar por correspondencia certificada (como lo indica la ley 820 del 2003), con 180 de anticipación a la fecha de vencimiento del contrato.